Avances en el reporte de sostenibilidad en 2023

CONSTANZA NIETO

8 septiembre 2023

7 min. lectura

Artículos

Tras varios años de desarrollo y debates, 2023 está siendo finalmente un año de aprobación del nuevo marco legal en materia de reporte de la sostenibilidad. Analizamos las últimas claves y lo que nos deparan los próximos meses.

[Este artículo ha sido actualizado, en línea con los últimos movimientos legislativos, en noviembre de 2023]

La sostenibilidad es hoy uno de los ejes estratégicos de la Unión Europea para liderar la transformación hacia una economía baja en carbono. Con este objetivo, en los últimos años se ha acelerado el desarrollo y aprobación de regulación europea relacionada con uno de los principales retos actuales de la sostenibilidad: la medición del impacto y el reporte de información.

A continuación, repasamos los principales ejes del nuevo marco de reporte de la sostenibilidad en Europa:

Nueva directiva de reporte de sostenibilidad

En enero de 2023 entró en vigor la Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD) para actualizar la anterior Directiva de Información No Financiera (NFDR, por sus siglas en inglés). Esta nueva Directiva, busca implementar las siguientes mejoras respecto al anterior marco:

  • Modificar el término “información no financiera” por “información sobre sostenibilidad”, entendiendo que ésta tiene cada vez más relevancia financiera.
  • Ampliar la exigencia de presentar información detallada en materia de sostenibilidad a todas las grandes empresas y a todas las empresas que cotizan en mercados regulados, excepto las microempresas.
  • Incluir explícitamente las cuestiones vinculadas con gobernanza (además de las sociales y las medioambientales) entre los ámbitos sobre los que las empresas deben reportar, haciendo hincapié, por ejemplo, en “el papel del consejo de administración y de la dirección en lo que respecta a las cuestiones de sostenibilidad”.
  • Poner mayor foco en el reporte de la relación entre el modelo de negocio y la estrategia de la organización con las necesidades de los grupos de interés y con la transición hacia una economía baja en carbono; así como en el ámbito de los derechos humanos y la salud de las personas.
  • Exigir la perspectiva de la “doble significatividad” o doble materialidad en el reporte de información, obligando a las empresas a “informar tanto sobre la manera en que les afectan diversas cuestiones de sostenibilidad como sobre las repercusiones de sus actividades en las personas y el medio ambiente”.
  • Garantizar la comparabilidad y pertinencia de la información divulgada, a través del establecimiento de normas comunes obligatorias de presentación de información.
  • Exigir que la información reportada tenga en cuenta marcos reconocidos internacionalmente, como la Agenda 2030 o las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE.
  • Requerir que las empresas elaboren sus estados financieros y su informe de gestión en formato digital (XHTML) para facilitar su revisión y comparabilidad.
  • Crear un punto de acceso único europeo o plataforma de acceso digital a escala de la UE a la información pública financiera y sobre sostenibilidad de las empresas.

Su aplicación será de obligado cumplimiento para las empresas, en diversas fases según tamaño:

  • A partir de principios de 2024 para grandes empresas de interés público (más de 500 empleados) ya sujetas a la directiva sobre información no financiera, que deberán entregar sus informes en 2025
  • A partir de principios de 2025 para grandes compañías no sujetas a la directiva sobre información no financiera (más de 250 empleados y/o una facturación de 40 millones de euros y/o 20 millones en activos totales), que deberán entregar sus informes en 2026
  • A partir de principios de 2026 del 1 de enero de 2026 para las pymes cotizadas y otras empresas, que deberán entregar sus informes en 2027.

La Directiva viene acompañada de la creación, por primera vez, de unos Estándares Europeos de Reporte de Sostenibilidad o ESRS, que viene desarrollando en los últimos años la EFRAG y que tienen como objetivo unificar bajo unos mismos criterios el reporte de información de las empresas en Europa.

En julio de 2023, la Comisión Europea ha adoptado los ESRS, a los que deberán responder las empresas sujetas a la CSRD y que están formados por 12 estándares generales y temáticos:

Estándares transversales:

  • ESRS 1: Principios generales
  • ESRS 2: Divulgaciones generales

Estándares temáticos para todos los sectores:

  • ESRS E1: Cambio climático
  • ESRS E2: Contaminación
  • ESRS E3: Agua y recursos marinos
  • ESRS E4: Biodiversidad y ecosistemas
  • ESRS E5: Uso de recursos y economía circular
  • ESRS S1: Fuerza laboral propia
  • ESRS S2: Trabajadores en la cadena de valor
  • ESRS S3: Comunidades afectadas
  • ESRS S4: Consumidores y usuarios finales
  • ESRS G1: Conducta empresarial

Actualmente, la EFRAG continúa trabajando en el desarrollo de una guía de implementación para los ESRS y recomendaciones específicas para el reporte de las PYMES.

Por otro lado, respecto a los estándares de reporte sectoriales y los dirigidos a empresas no pertenecientes la Unión Europea, el Parlamento Europeo ha presentado en octubre de 2023 una propuesta para atrasar de 2024 al 2026 estos estándares. La finalidad de esta decisión es que las empresas puedan centrarse en aplicar los primeros ESRS transversales y temáticos y dar un mayor margen de tiempo a la EFRAG para desarrollar los estándares restantes.

En España, la Directiva se ha traspuesto a través de del Anteproyecto de Ley de información corporativa sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza que fue aprobado por el Consejo de ministros el 3 de mayo de 2023.

Reglamento de taxonomía

El Pacto Verde Europeo, que apuesta por las inversiones sostenibles con el denominado Reglamento de Taxonomía (aprobado a finales de 2021) representa uno de los impulsos más ambiciosos en este sentido.

El Reglamento busca determinar si una actividad económica contribuye de forma sustancial a luchar contra el cambio climático y si causa o no algún tipo de perjuicio medioambiental significativo. Por ahora, se han aprobado los estándares técnicos de regulación (RTS, por sus siglas en inglés) correspondientes a dos de seis objetivos climáticos: adaptación y mitigación al cambio climático.

Te contamos en profundidad qué es y para qué sirve el Reglamento de Taxonomía en este artículo.

IFRS Sustainability Disclosure Standards

La International Sustainability Standards Board (ISSB), lanzó en junio sus dos primeros estándares de reporte internacionales:

  • IFRS 1, establece los requisitos de información para la comunicación a inversores sobre riesgos y oportunidades relacionadas con sostenibilidad en el corto, medio y largo plazo.
  • IFRS 2, establece la información específica relacionada con el clima a reportar, en línea con las recomendaciones del TCFD.

Este organismo forma parte de la fundación IFRS que consolida bajo su estructura tanto a Value Reporting Foundation como a Climate Disclosure Standards Boards y es responsable de la gestión tanto de los estándares SASB como del marco de reporte integrado.

Los estándares tienen como objetivo mejorar la confianza en la información que las empresas facilitan sobre sostenibilidad para fundamentar las decisiones de inversión. Por lo tanto, se diferencia de otros estándares internacionales como GRI, ya que su foco principal es el reporte a los mercados financieros.

Correlación entre los marcos del reporte

ESRS, IFRS, GRI, TCFD, TNFD, SASB, WEF… Y la lista de siglas de estándares europeos e internacionales continua… ¿Cómo poner en orden lo que deben reportar las empresas?
Aunque el escenario parezca cada vez más complejo, la realidad es que tanto en Europa como a nivel internacional, las entidades responsables de actualizar el marco de reporte en sostenibilidad han colaborado para intentar confluir al máximo posible.

Aun así, es importante para las empresas conocer todos estos marcos para empezar a responder desde lo obligatorio a lo voluntario:
Indispensable: comenzar a adaptar los procesos de reporte a los requerimientos de la CSRD y de los ESRS, estándares europeos que será obligatorio reportar en 2025, respecto a la información de 2024.

Marcos voluntarios:

  • IFRS y GRI: el acuerdo de colaboración entre ambas entidades hace que existan confluencias que facilitan el reporte de estos estándares. Cabe tener en cuenta que sus objetivos son distintos: mientras que los IFRS tienen un foco en aportar información consistente a los mercados (foco en riesgos y oportunidades), GRI permite informar a los grupos de interés sobre los impactos de la organización en las personas y el planeta.
  • TCFD y TNFD: estos dos marcos internacionales para el reporte de información financiera sobre clima (TCFD) y sobre impactos en la naturaleza (TNFD), permite a las empresas profundizar en la información de su gobernanza, y riesgos vinculados con el planeta, pero también otorga un marco para la mejora continua de la gestión de los riesgos y oportunidades en estos ámbitos.

En este sentido desde el WBCSD, han publicado recientemente una guía para la implementación del reporte de los ESRS y los IFRS.

Más allá del reporte

En los últimos meses han surgido, y se prevén, otras tantas regulaciones vinculadas indirectamente al reporte, tanto a nivel nacional como comunitario.

  • Regulaciones vinculadas a la gobernanza de los derechos humanos y el medioambiente. Tanto desde la UE (diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad) como desde el Gobierno de España, que a través del Ministerio de Asuntos Sociales y Agenda 2030, está desarrollando un Anteproyecto de Ley de protección de los derechos humanos, de la sostenibilidad y de la diligencia debida en las actividades empresariales transnacionales.
  • Normativas vinculadas con gobierno corporativo sostenible, para potenciar que las empresas orienten sus estrategias a la creación de valor sostenible a largo plazo.
  • Normativas vinculadas a la veracidad de las declaraciones ambientales, con el objetivo de establecer criterios comunes contra el greenwashing y las declaraciones ambientales engañosas para mayor garantía de los consumidores.

Ante los múltiples marcos, metodologías e indicadores no debemos perder de vista el objetivo global del reporte de sostenibilidad: avanzar hacia una consolidación de información comparable, sólida y transparente para facilitar la toma de decisiones de los grupos de interés.

En este sentido, las empresas deben comenzar a prepararse para adaptar sus modelos de gobernanza del reporte y sus sistemas de recogida de información para avanzar hacia una gestión cada vez más eficiente y participativa.

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CONSTANZA NIETO
Directora de Proyectos

Directora de proyectos de sostenibilidad y comunicación. Lidera, coordina y desarrolla proyectos de consultoría y formación, impulsando la creación de...

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