Omnibus retrasa y simplifica CSRD y CSDDD: así queda la normativa ESG

CARLOS SANTANA

27 febrero 2025

5 min. lectura

Artículos

La Comisión Europea ha presentado este miércoles 26 de febrero el paquete Ómnibus que afecta directamente a la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD, por sus siglas en inglés) y a la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDDD, por sus siglas en inglés). Este paquete de propuestas recoge numerosas medidas para reducir considerablemente las obligaciones de las empresas en materia de reporte de sostenibilidad y de debida diligencia.

Con esto, la Comisión Europea pretende reforzar la competitividad de las empresas europeas, reduciendo las obligaciones, el alcance y la entrada en vigor de las diferentes normas en materia ESG aprobadas en los últimos años. Las medidas incluidas en Ómnibus reforman sustancialmente el marco normativo de sostenibilidad, si bien ofrecen una mayor flexibilidad, disminuyendo la carga administrativa para las empresas de la Unión Europea.

Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad – CSRD

Las principales modificaciones de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD) son:

  • Reducción del alcance a grandes empresas. Quedarán sujetas a la CSRD las empresas con más de 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación, lo que supone una reducción del alcance de aproximadamente el 80% de las organizaciones.
  • Retraso de dos años de la entrada en vigor. La CSRD empezará a aplicarse dos años más tarde de lo previsto: en 2028, reportando el ejercicio 2027.
  • Revisión de los ESRS/NEIS. La Comisión Europea revisará y modificará las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS, o ESRS por sus siglas en inglés), con el objetivo de simplificar los requisitos de divulgación.
  • Reducción de la información obligatoria de la cadena de valor. Las empresas solo podrán requerir información a las empresas de su cadena de valor con más de 1.000 empleados, garantizando así que los informes de sostenibilidad de las grandes empresas no supongan una carga a las empresas más pequeñas.
  • Eliminación de la distinción de empresas cotizadas y no cotizadas. No existirá la diferenciación entre empresas que coticen o no en los mercados financieros, con el objetivo de hacer que los mercados regulados de la UE sean más atractivos como fuente de financiación.
  • Excepción de las pymes. No se desarrollarán estándares para las pymes, aunque coticen en bolsa.

Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad – CSDDD

La Directiva de Diligencia debida es la que más se verá alterada respecto al texto original aprobado en mayo de 2024. Los principales cambios propuesto por la Comisión Europea son:

  • Reducción del alcance de la cadena de valor. Las obligaciones de diligencia debida quedan limitadas a las operaciones propias, las filiales y los socios comerciales. Asimismo, se reducen las obligaciones sobre las pymes.
  • Retraso de un año de la entrada en vigor. La aplicación de la CSDDD pasa de 2027 a 2028, igual que la CSRD.
  • Excepción de las entidades financieras. La diligencia debida no será de aplicación para las instituciones financieras.
  • Eliminación de la suspensión de relación con los socios comerciales. Se suprime la obligación de rescindir la relación comercial con un proveedor, en el caso de que éste ocasione algún impacto negativo sobre los derechos humanos.
  • Reducción de las consultas a grupos de interés. Solo será necesario implicar a los trabajadores, las comunidades directas y las personas afectadas en el proceso de identificación y mitigación de efectos adversos sobre los derechos humanos.
  • Ampliación de la revisión del proceso. Las empresas no tendrán que revisar riesgos y medidas de diligencia debida anualmente, sino cada cinco años.
  • Eliminación del plan de transición climática. Las empresas no estarán obligadas a desarrollar un plan de transición climática en el marco del proceso de diligencia debida.
  • Supresión de la responsabilidad civil. Se eliminará la responsabilidad civil de las empresas en casos de incumplimiento de la norma, aunque las víctimas seguirán teniendo derecho a una compensación por los daños causados.
  • Eliminación del límite mínimo de las multas. No existirá un límite para las multas, en caso de incumplimiento. Además, se elimina el requisito de que la multa sea proporcional al volumen de negocios neto mundial de la empresa.

Taxonomía de la UE

Por último, también se incluyen algunas disposiciones respecto al Reglamento 2020/852 sobre la Taxonomía de la Unión Europea. Los principales cambios son:

  • Reducción del alcance a grandes empresas. Al igual que la CSRD, la obligación de reportar el alineamiento de las acciones con la Taxonomía será únicamente para las empresas con más de 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación.
  • Retraso de dos años de la entrada en vigor. El nuevo periodo de aplicación de la CSRD retrasa automáticamente la entrada en vigor de la Taxonomía, que pasa a 2028, sobre el reporte de 2027.
  • Flexibilidad en la presentación de informes. Proporciona más flexibilidad al permitir que las empresas obligadas a reportar informen sobre actividades que cumplen ciertos criterios técnicos de selección de la Taxonomía sin cumplirlos todos.

Nuevo paradigma para las empresas

La presentación del paquete Ómnibus trastoca la hoja de ruta de muchas compañías que ya estaban preparando su adaptación al nuevo marco de reporte y a la directiva de diligencia debida. Este nuevo escenario modifica el ámbito de aplicación o alcance, lo cual supone más flexibilidad y mayor tiempo de adaptación para las empresas dentro del ámbito de aplicación. Para todas las organizaciones que quedan excluidas por su tamaño y facturación, es indudable que esto supone una menor carga administrativa.

En cualquier caso, este paquete de medidas deberá ahora pasar al Parlamento y al Consejo europeos, que, de manera particular, deberán considerarlas y someterlas a votación. Una vez aprobadas, se deberán transponer a la legislación nacional.

Objetivos del paquete Ómnibus

En su informe El futuro de la competitividad europea, Mario Draghi hizo hincapié en la necesidad de que Europa creara un marco normativo que facilite la competitividad y la resiliencia en el complejo contexto global en el que se mueven las empresas europeas. En esta línea, la Comisión Europea presentó la Brújula de la Competitividad, que recoge las principales aspiraciones de la presidenta Von der Leyen y los comisarios a modo de hoja de ruta para su mandato.

El objetivo es hacer más próspera y competitiva la economía de la UE y, con este fin, la Comisión Europea propone reducir la carga administrativa de las empresas europeas, basándose en las recomendaciones del Informe Draghi. En este contexto, la primera de las decisiones ha sido la simplificación de las obligaciones en materia de sostenibilidad.



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CARLOS SANTANA
Consultor en Sostenibilidad & ESG

Carlos Santana forma parte del equipo de consultoría estratégica de CANVAS con dedicación a proyectos de doble materialidad, reporte ESG...

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